La SCJN suspende amparos contra la Ley de Ciencia mientras resuelve acciones clave
- Redacción null
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha acumulado hasta el momento 88 amparos presentados por académicos, entre los que se encuentra el ministro Giovanni Figueroa Mejía, y dos acciones de inconstitucionalidad interpuestas por legisladores de oposición contra la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación (LGHCTI). Los recursos legales impugnan las disposiciones de la ley que limitan el acceso a los estímulos del Sistema Nacional de Investigadores (SNI) a los académicos que trabajen en instituciones públicas, excluyendo a aquellos que laboran en el sector privado.
En respuesta a estos recursos, la SCJN ha decidido suspender temporalmente la resolución de los amparos en revisión relacionados con esta normativa, promulgada el 8 de mayo de 2023. La Corte ha instruido a los tribunales colegiados aplazar las resoluciones hasta que el Pleno decida sobre las acciones 126/2023 y 128/2023, cuyo fallo establecerá el criterio que se aplicará a todos los casos pendientes, con el objetivo de evitar decisiones contradictorias.
El acuerdo para aplazar las resoluciones fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) este lunes, bajo el Acuerdo General 1/2026 del Pleno de la SCJN. En dicho documento, la Corte argumenta que esta suspensión busca "preservar la seguridad jurídica" y garantizar la "uniformidad en la interpretación constitucional". Cabe destacar que esta es la segunda vez que la SCJN adopta una medida similar; la primera fue en septiembre de 2023, cuando suspendió los amparos en revisión mediante el Acuerdo General 6/2023, decisión que fue levantada en julio de 2025.
Los juicios tienen su origen en la reforma a la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación (LGHCTI), que reestructuró al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt), transformándolo en el Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías (Conahcyt). Además, la ley trasladó las competencias de la antigua institución al nuevo organismo dependiente de la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación (SCHTI), cuya entrada en funciones está prevista para el 1 de octubre de 2024.
El centro del litigio se encuentra en los artículos 34, 41 (párrafos cuarto y quinto) y el décimo transitorio de la LGHCTI, que condicionan los apoyos del SNI a los investigadores que pertenezcan a instituciones públicas. Los demandantes argumentan que esta disposición es inconstitucional, ya que excluye a los investigadores del sector privado que, pese a cumplir con los méritos académicos, no tienen acceso a estos apoyos, lo que consideran un trato discriminatorio.
Uno de los casos más destacados se remonta a 2023, cuando el entonces académico Giovanni Figueroa, junto con más de 100 investigadores, presentó uno de los amparos contra la ley. El Juzgado Décimo Quinto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México otorgó la protección constitucional al considerar que la exclusión de los investigadores privados de los estímulos del SNI vulnera el principio de igualdad consagrado en el artículo 1º de la Constitución. El tribunal ordenó que los apoyos se otorgaran sin tener en cuenta la adscripción institucional.
El Congreso de la Unión y el Conahcyt impugnaron este fallo, pero el tribunal colegiado resolvió que la SCJN es la encargada de definir la constitucionalidad de la norma. El asunto fue turnado al ministro Figueroa Mejía, quien, según fuentes del máximo tribunal, solicitaría al Pleno que se declare impedido para conocer el caso, debido a un posible conflicto de interés.







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