SCJN revoca permiso a Xcaret para usar cultura maya en su promoción
- Redacción null
- hace 1 día
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó retirar la suspensión que permitía a Grupo Xcaret emplear elementos de la cultura maya en la publicidad de sus parques y hoteles, al considerar que la protección de este patrimonio colectivo tiene prioridad sobre los intereses comerciales de empresas privadas.
La resolución, emitida el 26 de marzo, obliga a la compañía a dejar de utilizar dicha simbología mientras continúa el proceso legal en curso.
La propuesta impulsada por la ministra María Estela Ríos fue aprobada con siete votos a favor y dos en contra. Durante la discusión, la ministra Yasmín Esquivel se pronunció por mantener la suspensión, al señalar que la empresa cumple con los requisitos legales y cuenta con la autorización del Gran Consejo Maya de Quintana Roo para el uso de estos elementos culturales.
Esquivel también advirtió que retirar el contenido publicitario generaría un impacto inmediato en la empresa y podría poner en riesgo el objeto del juicio, mientras que su permanencia no causaría un daño concreto a la colectividad.
Sin embargo, el Pleno del máximo tribunal subrayó que, conforme a la reforma al artículo 2° constitucional de 2024 y a la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanos, el patrimonio cultural —tanto material como inmaterial— pertenece de forma colectiva a los pueblos originarios, por lo que su resguardo es de orden público e interés social.
En ese sentido, la Corte enfatizó la obligación del Estado de proteger estos bienes frente a cualquier uso indebido o no autorizado, y concluyó que las afectaciones argumentadas por la empresa son de carácter económico, lo cual no puede prevalecer sobre el interés colectivo de preservar la identidad cultural del pueblo maya.
“Con esta determinación, se reafirma que la defensa del patrimonio cultural de los pueblos indígenas no puede ser debilitada mediante sentencias que desconozcan su carácter colectivo y su especial relevancia para la identidad de esas comunidades”, recalcó la SCJN.




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