SCJN reconoce defensa reforzada para adultos mayores en procesos penales, pero sin aplicación automática
- Redacción null
- hace 3 días
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció un criterio obligatorio en el que reconoce que las personas adultas mayores sometidas a procesos penales pueden acceder a una protección reforzada y deben ser informadas de este derecho por parte de las autoridades judiciales. Sin embargo, el tribunal precisó que esta medida no se aplica de forma automática por edad, sino que debe evaluarse según las condiciones particulares de cada caso.
La determinación del Pleno derivó de un proyecto del ministro Giovanni Figueroa Mejía, aprobado por unanimidad, y se relaciona con el caso de dos personas de 64 y 75 años condenadas en Nuevo León por el delito de despojo de un inmueble. En su resolución, la Corte concedió un amparo para que un tribunal colegiado emita una nueva sentencia bajo los parámetros fijados.
De acuerdo con el expediente, los acusados y otras personas ingresaron en 2016 a una vivienda y posteriormente impidieron el acceso al propietario. Tras el proceso penal, fueron sentenciados a cinco años de prisión.
La defensa alegó diversas irregularidades, entre ellas la violación al principio de inmediación, debido a que el juez que dictó la sentencia no fue quien presenció la totalidad del juicio. También argumentaron que, por su condición de adultos mayores, debieron recibir defensa especializada dentro del sistema de protección correspondiente, lo cual no ocurrió.
La Corte concluyó que no se vulnera el principio de inmediación cuando un juez distinto impone la pena tras la revocación de una absolución. No obstante, sí reconoció que las personas adultas mayores tienen derecho a una defensa con enfoque reforzado, especialmente cuando existan condiciones de vulnerabilidad que lo justifiquen, por lo que ordenó emitir una nueva resolución.
El ministro ponente señaló que la edad puede incidir en la capacidad de comprensión del proceso y en la participación efectiva en la estrategia de defensa, lo que puede afectar el ejercicio pleno de sus derechos.
Durante la discusión, la ministra Yasmín Esquivel Mossa subrayó que este tipo de protección debe aplicarse únicamente cuando existan condiciones reales de vulnerabilidad que lo ameriten, con el fin de garantizar un proceso justo sin generar automatismos.
Por su parte, la ministra María Estela Ríos González advirtió que la edad no basta por sí sola para presumir vulnerabilidad, pues deben considerarse factores físicos, sociales y económicos. Añadió que una aplicación generalizada podría generar ventajas indebidas dentro del sistema de justicia.




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