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Publican reformas para fortalecer democracia y elección del Poder Judicial

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    Redacción null
  • 3 jun
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Las llamadas “Reformas para Fortalecer la Democracia”, recientemente aprobadas por el Congreso de la Unión y avaladas por congresos estatales, entraron en vigor este 3 de junio, informó la titular de la Consejería Jurídica de la Presidencia, Luisa María Alcalde Luján.


Durante la conferencia conocida como la Mañanera del Pueblo, la funcionaria explicó que este conjunto de cambios legales tiene como finalidad robustecer los procesos electorales en el país, así como la elección de integrantes del Poder Judicial, además de incorporar nuevas herramientas para la verificación de candidaturas y la posible anulación de comicios en caso de intervención extranjera.


Alcalde detalló que las reformas fueron aprobadas por mayoría calificada en ambas cámaras del Congreso de la Unión y respaldadas por 25 congresos locales, con lo que se cumplió el proceso constitucional para su entrada en vigor.


Ajustes a la elección del Poder Judicial


En materia judicial, la reforma contempla modificaciones relevantes al modelo de elección. Entre ellas, el aplazamiento de la elección de 2027 al 4 de junio de 2028, con el objetivo de desvincularla de los comicios intermedios.


También se prevé una reducción en el número de candidaturas, así como una simplificación en el diseño de las boletas, en las que se identificará el poder que postula a cada aspirante y su especialidad.


Asimismo, se homologarán criterios de evaluación entre los comités de los tres poderes, incluyendo la aplicación de exámenes de conocimientos. Otra modificación establece que tanto las elecciones judiciales como las ordinarias se realicen en las mismas sedes de votación, y que el escrutinio se lleve a cabo directamente en las casillas.


Ante las críticas que señalan que estas modificaciones implican una corrección de la reforma judicial previa, Alcalde sostuvo que no se trata de un retroceso, sino de ajustes derivados de la experiencia obtenida en el proceso electoral de 2024.


Verificación de integridad de candidaturas


El segundo eje de la reforma establece un mecanismo para reforzar la revisión de aspirantes a cargos de elección popular, con el objetivo de prevenir la participación de personas con posibles vínculos con actividades ilícitas.


El Instituto Nacional Electoral (INE) integrará una comisión conformada por tres consejeros electorales, la cual recibirá de manera voluntaria los listados de candidaturas proporcionados por los partidos políticos.


Dicha información será turnada a instancias de seguridad, inteligencia, procuración de justicia y del sistema financiero, que emitirán observaciones sobre posibles riesgos, sin detallar su origen, bajo estricta confidencialidad.


Posteriormente, la comisión notificará a los partidos políticos sobre la existencia de algún riesgo razonable, para que éstos determinen, bajo su responsabilidad, si mantienen o no el registro de las candidaturas.


Sobre las críticas que apuntan a una posible concentración de funciones en el INE, la funcionaria aclaró que el organismo no investigará ni calificará la integridad de los aspirantes, sino que actuará únicamente como enlace institucional.


Añadió además que el mecanismo es voluntario y confidencial, y que su propósito es brindar información a los partidos para fortalecer la toma de decisiones.


Respecto a la ausencia de sanciones, señaló que su inclusión podría interpretarse como una intromisión en la vida interna de los partidos políticos.


Nulidad de elecciones por injerencia extranjera


El tercer componente de las reformas establece como causal de nulidad de elecciones federales y locales la comprobación de intervención o injerencia extranjera que incida en los resultados.


La funcionaria precisó que la prohibición de este tipo de intervenciones ya estaba contemplada en la Constitución, pero ahora se establece explícitamente la posibilidad de anular una elección si se acredita su impacto, conforme a lo que determinen las autoridades y tribunales electorales.


En respuesta a las críticas que advierten posibles ambigüedades en la aplicación de esta causal, Alcalde rechazó dichos señalamientos y afirmó que la reforma únicamente establece un principio general constitucional.


Indicó que los criterios específicos, estándares de prueba y reglas de aplicación deberán desarrollarse en leyes secundarias.

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